lunes, 25 de enero de 2010

honorable concejo deliberante y Defensoria del Pueblo

LABOR PARLAMENTARIACuestionan la compatibilidad de funciones de la Defensora del Pueblo de Escobar
Un proyecto de ordenanza busca modificar la ordenanza de creación de la Defensoría del Pueblo de Escobar e incorporar una serie de restricciones en el ejercicio de otras actividades que podrían resultar incompatibles con su función.
Desde la creación de la Defensoría del Pueblo hubo voces que se alzaron en su contra por diversos motivos y, al parecer, desde el oficialismo resurgen las críticas a la ordenanza N° 4597, a pesar de los logros que mostró la Defensoría del Pueblo en su primer año de vida.
José María Rognone, concejal del bloque del partido Justicialista de Escobar, elaboró un proyecto de ordenanza con el cual intenta atacar de lleno al artículo 10 de la ordenanza municipal que le dio vida a esta Institución.
Haciendo una comparación con otras normas, entre ellas, el artículo 7, de la Ley nacional N° 24.284 (de la Creación del Pueblo de la Nación) y el artículo 4 de la Ley provincial N° 13.834 (Del Defensor del Pueblo de la provincia de Buenos Aires),
Rognone puso al descubierto falta de concordancia de la normativa municipal con respeto a la regulación provincial y nacional de la incompatibilidades para ocupar el cargo de Defensor del Pueblo.
Para echar luz a la cuestión aquí se transcribe el cuestionado artículo 10 de la ordenanza que dice: “Incompatibilidades. Es incompatible al momento de asumir y mientras dure su mandato, el cargo de Defensor del Pueblo con:
a) El ejercicio normal, habitual o remunerado de cualquier actividad pública;
b) El ejercicio de la actividad comercial, laboral o gremial dentro o fuera del Partido de Escobar;
c) La participación y/o vinculación directa o indirecta en cualquier empresa, sociedad o persona jurídica y/o física vinculada con la Municipalidad de Escobar bajo cualquier carácter, modalidad, tipo o forma contractual; o
d) Candidatura/s a cargo/s electivo/s público/s, gremial/es o
político/s partidario/s.”
En tanto, el artículo 7 de la Ley 24.284 establece: “El cargo de Defensor del Pueblo es incompatible con el desempeño de cualquier otra actividad pública o comercial o profesional, a excepción de la docencia, estándole vedada asimismo la actividad política partidaria.Son de aplicación al Defensor del Pueblo, en lo pertinente, las normas en materia de recusación y excusación previstas en el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.".
Y por último el artículo 4 de la Ley provincial N° 13.834 reza: “Incompatibilidades. El ejercicio del cargo de Defensor del Pueblo es incompatible con cualquier otra actividad pública o privada, con excepción de la docencia. Tampoco puede tener actividad política partidaria y/o gremial.-
Dentro de los diez (10) días subsiguientes a su nombramiento y antes de tomar posesión del cargo deberá cesar en toda situación de incompatibilidad que pudiere afectarlo, presumiéndose, en caso contrario, que no lo acepta.-
Si la incompatibilidad fuera sobreviniente a la toma de posesión del cargo, debe optar en el plazo de cinco (5) días, caso contrario cesará en el de Defensor”.
Tomando en cuenta la comparación normativa, Rognone sentencia “que se evidencia una falta de concordancia de la norma municipal con respecto a las normas provincial y nacional en lo que respecta a la eventual actividad profesional o privada del Defensor/a del Pueblo del partido de Escobar” y sigue diciendo en otro tramo de los considerandos “que nuestra norma en su actual redacción permitiría al/la Defensor/a del Pueblo del partido de Escobar, valerse en forma remunerada, directa o indirectamente de facultades o prerrogativas inherentes a su función para fines ajenos a la misma dentro del ámbito judicial”.
Concluye el proyecto de ordenanza “que una Institución que requiere de la imparcialidad absoluta, proporciona una imagen poco clara, cuando al/la Defensor/a del Pueblo de Escobar se le permite simultáneamente ejercer actividad profesional por cuanto puede ser susceptible de recrear escenario de confusión entre lo privado y lo público que se presta a generar dudas en cuanto a la personalización de una función, que debería ser lo más impoluta posible”.
De esta manera, José María Rognone busca la modificación del artículo 10 de la ordenanza municipal N° 4597, que de ser aprobada quedaría redactada de la siguiente manera: “b) El ejercicio de la actividad comercial, laboral, profesional o gremial dentro o fuera del Partido de Escobar”.
Si bien el proyecto de ordenanza tiene como fecha de ingreso el día 20 de enero de este año, el tratamiento del mismo deberá aguardar hasta el mes de abril, cuando se de inicio a las sesiones ordinarias del Honorable Concejo Deliberante.
Fuente: Escobar News

Y MÁS Y MÁS CULTURA!!! POR FAVOR!!!!!!!!!!!1

LOS CIUDADANOS NO TAN ILUSTRES

Los opacos ciudadanos siguen marchando bajo una lupa que lo dice todo,
ignorancia y soberbia en cuadrículas,

solo peones queriendo ser reyes.
El sonido de su torpeza y la furia de su mundo ridículo crecen como espinillos.
Un territorio chico,
un infierno descomunal,
una insólita verdad,
chiquillos asustados disputando narcisos.
Estoy aquí,
bajo una luna impertérrita rompiendo mares,
sacudiendo aires con tajadas de viento,
atónita a más no poder,
queriendo barrer los simulacros de las malezas que pretenden ser rosas.
El golpe de la muerte no se oirá cuando madera abajo,
dolor y espanto,
se les escurra el tiempo, y se vuelvan como arroyo seco entre piedras secas con los ojos secos,
de tanto reír naderías.
¡Salve!. Los ángeles también los esperan. (Silvia L. Zaffirio)

martes, 19 de enero de 2010

domingo, 17 de enero de 2010

UN POCO DE LITERATURA NO VIENE MAL

En el suplemento Ñ adelanta qué libros se vienen para inicios del 2010. Entre ellos, el defenestrado La humillación de Philip Roth (¿leer o no leer?). Lo nuevo de Vila Matas (leer) Algo de Pynchon (no leer). Algo de Murakami (quizá). Y, entre los argentinos, la esperadísima novela de Leopoldo Brizuela, Lisboa, que sale con Alfaguara luego de 10 de trabajo desde la estupenda Inglaterra, una fábula .
Dice la nota:
A quién no le tiemblan los dedos acariciando la posibilidad de tener entre las manos la nueva novela de Philip Roth, La humillación (Mondadori), que está llegando a la Argentina?; ¿quién no delira al imaginar un viaje sin ataduras en el maravilloso mundo de Haruki Murakami, que este año trae a los hispanohablantes su novela El fin del mundo y un despiadado País de la Maravillas (Tusquets)? ¿Quién no se crispa desentrañando los pasadizos de las historias del sueco Hanning Mankell que nos promete acción y emoción en El ojo del leopardo (Tusquets)? Quienes sí tiemblan y se ilusionan con estos adelantos literarios pueden seguir leyendo. Hay letras que van, y letras que vienen. El año editorial 2010 arranca ya en los próximos días con las primera novedades, hay tanques, como siempre, y hay fuertes apuestas a la literatura local. Este año, desde el exterior, llegan la última novela de David Grossman La vida entera (Lumen), Contraluz (Tusquets), de Thomas Pynchon, Snuff (Mondadori), del estadounidense Chuck Palahniuk, y lo nuevo de Stephen King, La cúpula (Mondadori), una novela sobre un pequeño pueblo de Maine, en los Estados Unidos, que se descubre aislado, repentinamente, del resto del país y del mundo por una cúpula invisible. Una historia que, según adelantaron en la editorial, no decepcionará a los fanáticos. En el ámbito local, en tanto, también habrá importantes novedades en 2010. Entre ellas, Oscura monótona sangre, de Sergio Olguín, novela ganadora del premio Tusquets 2009; Lisboa (Alfaguara), una novela en la que Leopoldo Brizuela trabajó durante los últimos diez años y una nueva ficción con el sello de Marcelo Birmajer, que publicará Norma. (...) Aunque todavía no está confirmado, se espera la visita a la Argentina de John Irving, en el segundo semestre del año, con su nueva ficción: Last night in Twisted River (Tusquets). Entre muchas otras visitas a la Feria Internacional del Libro de Buenos Aires, se cuenta la del colombiano Fernando Vallejo que presentará El don de la vida (Alfaguara). Otras ficciones que estarán disponibles para los lectores argentinos en 2010 serán Asedio (Alfaguara), lo nuevo de Arturo Pérez Reverte, que recrea el Cádiz de 1812 bajo el asedio de las tropas napoleónicas; Dublinescas (Seix Barral), lo nuevo de Enrique VilaMatas; la primera novela de Leonard Cohen, Hermosos perdedores (Edhasa) y un nuevo novelón de Ken Follett, que dará inicio a una trilogía con olor a best seller, bajo el sello de Plaza & Janés.
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fuente: blog Moleskine Literario

lunes, 4 de enero de 2010

IMPUTABILIDAD Y DERECHOS DEL NIÑO

La mirada mediática sobre la infancia y la adolescencia
La propuesta de bajar la edad de imputabilidad de los jóvenes que infringen la ley penal ha surgido en distintos sectores como respuesta a una creciente sensación de inseguridad. La mirada mediática dominante nos presenta una infancia escindida donde un niño, un adolescente puede ser alternativamente alguien a quien hay que preservar de las contingencias de la vida, de los encuentros con lo real, el dolor, el temor o —si comete un delito— alguien a quien encerrar, inclusive de por vida, para preservar “nuestra seguridad”.


Por Centro Interdisciplinario de Estudios sobre el Niño (CIEN) * El espectro de apoyo a la propuesta va desde quienes reclaman mano dura contra los delincuentes (alentando el gatillo fácil) hasta sectores que se postulan como defensores de los derechos de los niños, pero plantean la baja de edad como una reglamentación de la Convención Internacional de los Derechos de los Niños.
Pero, en el contexto actual, constatamos que la ley tiende a afirmar su autoridad apoyándose cada vez más en el accionar del aparato jurídico. Hay un desplazamiento de la eficacia: antes la prohibición se sostenía en sus enunciados, ahora, cada vez más, recurre al castigo. Asistimos a una judicialización y penalización creciente como respuesta a una cuestión social y a un tratamiento de la pobreza por vía de lo penal que es correlativa de una falta de solución política.
La edad de imputabilidad establece un límite a partir del cual se apuesta a modo de resolución de los problemas de los chicos por el sistema penal.
Este paso a la esfera penal implica una dimisión de las responsabilidades de quienes deben ocuparse de la situación de los niños, de su bienestar en un sentido amplio, en otros planos, y define el punto en el cual el Estado pasa de la atención social a la punición.
Hay una tensión en esta etapa del capitalismo entre la exacerbación del consumo “para todos” y la precarización laboral con la secuela de escasez de ingresos, exclusión y deterioro de lazos sociales.
Teniendo en cuenta las condiciones en que funciona el sistema penal, el aparato jurídico y los establecimientos carcelarios y considerando que tampoco hay garantías para los adultos en los sectores populares, no nos parece oportuno y menos aun cuando incluye subrepticiamente la baja de la edad de la imputabilidad, como respuesta a reclamos sobre la inseguridad.

Que no funcionen bien las medidas de seguridad no quiere decir que entonces hay que castigar penalmente a los niños menores de 16 años sino que es preciso buscar las vías que garanticen sus derechos. Entendemos que dentro de la legislación y de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño hay herramientas para salir de lo tutelar y la internación compulsiva.

Fragmento redactado por Las12 del libro El niño ¿Imputables o responsables? Lo imposible, Guía para recuperar la infancia entre los muros, del Centro Interdisciplinario de Estudios sobre el Niño (CIEN), Publicación del Instituto del Campo Freudiano (Nueva Serie). Más información: cien@fibertel.com.ar Fuente: Página 12 - Supl. Las 12 (31-12-2009)



CASACIDN - Comité Argentino de Seguimiento y Aplicación de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño.Se permite reproducción citando la fuente.