domingo, 27 de diciembre de 2009

El nacimiento de la Convención (DERECHOS DEL NIÑO)

Resulta irónico, que habiendo tomado el mando en el proceso de redacción de la convención, Estados Unidos se negara a ratificarla. De hecho, según señala Cynthia Price Cohen: “Estados Unidos fue con mucho el más activo de los países, proponiendo ideas y haciendo recomendaciones en relación al texto en 38 de los 40 artículos sustantivos”. Además, fue uno de los seis gobiernos que propuso disposiciones adicionales, proponiendo, en un final, más artículos que el conjunto de los demás países.La propuesta de los Estados Unidos se centraba básicamente en los derechos individuales y libertad de expresión, religión, asociación y privacidad. Recogidos en los artículos 13 al 16 de la versión final, estas propuestas “se han convertido en un elemento importante para las leyes internacionales sobre los derechos humanos”. Cohen añade que en muchos sentidos , trayendo . De hecho, continúa diciendo Cohen: e incluso, “el resultado de su participación fue un mundo completamente nuevo para los niños”.Con tal participación en el fomento de la defensa de los derechos de los niños, ¿sería razonable esperar que la administración de Barack Obama pueda estar después de todo planeando la ratificación de la Convención?Fuente: The Legislative History of the Convention on the Rights of the Child (2007), OHCHR] Cohen, C. P., Role of the United States in Drafting the Convention on the Rights of the Child: Creating a New World for Children, 4 Loy. Poverty L.J. 9 (1998),Garman, J. J., International Law and Children’s Human Rights: International, Constitutional, and Political Conflicts Blocking Passage of the Convention on the Rights of the Child, 41 Val. U. L. Rev. 659 (2006)]

Desde el frente de batalla: Laura Theytaz-BergmanLaura Theytaz-Bergman de 45 años, fue coordinadora del Grupo ONG para la Convención de los Derechos del Niño desde 1992 hasta 2007. Ahora vive en Singapur y aún trabaja como especialista de dicho grupo y de otras organizaciones de igual perfil. A principios de este año concluyó un informe titulado: What Happened? A study on the impact of the Convention on the Rights of the Child in five countries: Estonia, Nepal, Peru, Uganda and Yemen (¿Qué pasó? Un estudio acerca del impacto de la Convención sobre los Derechos del Niño en cinco países: Estonia, Nepal, Perú, Uganda y Yemen) publicado por la organización Save the Children (Suecia). Después de la adopción de la Convención, no se sabía con certeza cuál sería el próximo paso. Fue un período de confusión. Cuando comencé a trabajar, se tenía la impresión de que habíamos empleado mucha energía en la redacción. Pero, ¿qué hacer después?
la CDN revolucionó la participación de las ONG en los procesos de las Naciones Unidas. Antes solo Human Rights Watch y Amnesty International enviaban informes a Ginebra, algo que las voces a nivel nacional no podían hacer. Se hacía de una manera muy diferente. Los informes nunca llevaban un logotipo que identificara a alguien a nivel nacional y era importante obtener la participación de las ONG nacionales en los procesos en Ginebra así como su presencia allí.
Sinceramente pienso que hemos transitado un largo camino en estos veinte años. Algunas veces pienso que no nos damos suficiente valor. Cada gobierno solía presentarse ante la Comisión para decir que “los niños son el futuro”; ahora es difícil que un gobierno haga tal cosa ya que la Convención ha contribuido a que se vea a los niños como el presente y no solo como el futuro. Esto es de por sí un gran logro. La implementación es algo difícil de lograr, pero por supuesto todavía queda mucho por hacer. Este proyecto tiene que verse como un plan a largo plazo, no solo 20 años, sino mucho más.
Establecimiento de un mecanismo de denuncia para la Convención sobre los Derechos del NiñoAún hoy, veinte años después de la ratificación de la CDN, casi de manera universal (193 estados), es evidente que los derechos de millones de niños no son respetados debidamente. Para hacer valer estos derechos, es necesario disponer de un elemento efectivo que procure reparación de haber alguna violación. En el caso de los niños, debido al estatus que tradicionalmente tienen en la sociedad, existen determinadas dificultades que impide el debido reconocimiento de sus derechos.
En junio de 2009, gracias a la iniciativa de un grupo regional de Estados, el Consejo de Derechos Humanos adoptó una resolución en la que se disponía la creación de un Grupo de Trabajo de duración indefinida para discutir la posibilidad de elaborar un mecanismo de denuncia para la CDN.La primera sesión de este grupo tuvo lugar del 14 al 18 de diciembre. En marzo de 2010, el grupo debe enviar informes al Consejo de Derechos Humanos, tras lo cual se espera quede acordada una nueva resolución que renueve el periodo de trabajo del grupo.Para la leer la declaración completa, visite:Más información acerca del Grupo de Trabajo: http://www.crin.org/resources/infoDetail.asp?ID=21261Información adicional:
Actualización y pasos siguientes
Más información acerca de la campaña
Firmar la petición
Sitio web del Grupo ONG para la Convención sobre los Derechos del Niño
El Grupo ONG para la Convención sobre los Derechos del Niño es una red que cuenta con 80 organizaciones no gubernamentales a nivel nacional e internacional. Estas organizaciones trabajan de conjunto para facilitar la aplicación de la convención. Para más información contacte a los coordinadores conjuntos, Sara L. Austin: sara_austin@worldvision.ca y Peter Newell: peter@endcorporalpunishment.org o a la encargada de labores de apoyo Anita Goh: goh@childrightsnet.org.Para más información: NGO Group for the Convention on the Rights of the Child1 rue Varembé, 1202 GenevaTel: + 41 22 740 47 30; Fax: + 41 22 740 1145Email: secretariat@childrightsnet.orgSitio web: www.childrightsnet.orgVisite: http://www.crin.org/resources/infoDetail.asp?ID=21297---------------------------------------------------------------------------

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